El Ararteko ha emitido una sugerencia al Departamento foral de Infraestructuras Viarias de Gipuzkoa para que permita a un reclamante el cambio de vehículo vinculado al dispositivo Abiatu por medios no presenciales y evite así un desplazamiento desde Aretxabaleta a Usurbil para realizar la gestión.

El Ararteko ha admitido a trámite la queja de una persona que solicitó la intervención de esta institución después de que la sociedad foral Bidegi, encargada de gestionar las autopistas guipuzcoanas, le indicara que no podía realizar el trámite por teléfono o Internet. El afectado solicitó vincular el dispositivo de pago telemático de peajes con el coche de sustitución que le ofrecieron en el taller de reparación de vehículos en el que había dejado el que utilizaba habitualmente debido a una avería y al que estaba vinculado el dispositivo de telepeaje.

Bidegi trasmitió al afectado, residente en Aretxabaleta, que el vehículo de sustitución de un taller es para uso profesional y por ese motivo no podía usar el dispositivo en otro que no fuera el habitual, por lo que le señaló que se le podía proporcionar otro Abiatu pero debía dirigirse a las oficinas situadas en el área de servicio de Aritzeta, en el término municipal de Usurbil.

El usuario planteó otras opciones alternativas como realizar el cambio a través de la página web o vía telefónica que no fueron tenidas en cuenta. Ante estos hechos el Ararteko preguntó a la institución foral sobre los motivos por los que únicamente se ofrecen medios presenciales en esta situación, ante lo cual el Departamento de Infraestructuras Viarias explicó que los cambios de datos de un vehículo asociado a Abiatu pueden realizarse de manera telemática siempre que se cumplan los requisitos establecidos en la norma foral.

En este sentido, el departamento foral remarcó que el titular debe ser “persona física usuaria habitual propietaria de un vehículo ligero” no estar afecto a actividad profesional y su uso debe estar asociado a “un único vehículo”.

El Ararteko recuerda que la norma foral 19/2014 detalla que se concederá el dispositivo telemático a los residentes guipuzcoanos “que reuniendo todos los requisitos, no siendo propietarios de vehículo alguno, acrediten ser usuarios habituales de un vehículo ligero”.

Señala que el reclamante podría disponer de capacidad para acreditar ante Bidegi que es usuario habitual de un vehículo ligero, aunque sea por sustitución, y que no lo utiliza con fines profesionales para lo cual “no parece necesario acudir presencialmente” a Aritzeta. El Ararteko cita al Estatuto de los Consumidores de Euskadi y remarca que “el lugar de residencia no debe representar un elemento de trato diferente entre contratantes del servicio de mantenimiento del dispositivo Abiatu”. En este sentido, sugiere a Bidegi que “reflexione sobre los servicios que ofrece a la ciudadanía guipuzcoana a fin de evitar un trato diferente por razón de ubicación cuando, en apariencia, tengan un fin de interés público”.