Donostia. Dos técnicos del Ayuntamiento de Donostia deberán declarar como imputados por no haber adoptado las medidas de seguridad necesarias para evitar accidentes como el que costó la vida al joven Mikel Arzak, muerto al ser alcanzado por una roca desprendida del monte Urgull el 7 de agosto de 2013.

La Audiencia de Gipuzkoa ha estimado un recurso presentado por la familia del joven de 20 años que falleció en el Paseo Nuevo por el impacto de una roca caída desde la ladera y ha establecido que estos dos técnicos municipales y el responsable de una empresa que estaba trabajando en el lugar para estabilizar la ladera deben declarar como imputados en este procedimiento.

La familia, que ejerce la acusación particular, solicitó el pasado verano la imputación de cinco personas, entre ellas los dos técnicos del Ayuntamiento, ya que consideraba que no se habían adoptado las medidas de seguridad necesarias para evitar el accidente.

Sin embargo, el Juzgado de Instrucción número 2 de Donostia desestimó en octubre de 2014 la solicitud de la familia del fallecido, que recurrió en apelación a la Audiencia.

La sala entiende, en un auto dictado el 5 de marzo, que existían informes "que avisaban de caídas de piedras que conllevaban riesgo para los peatones y para la circulación vial", tal y como había ocurrido el 29 de noviembre de 2012, cuando una gran roca cayó sobre la calzada, en aquella ocasión sin heridos.

Aunque los informes indican que la caída de la roca que mató a Arzak no guarda relación con las obras que se estaban ejecutando en la ladera, sino que la atribuyen a las copiosas lluvias caídas en los días previos al accidente, la Audiencia destaca que el riesgo de que esto ocurriera, tanto antes del inicio de los trabajos como durante su transcurso, era conocido por los técnicos responsables del Ayuntamiento.

Sin embargo, "no consta que se tomaran medidas específicas destinadas a la protección de los terceros que accedían al Paseo Nuevo", que estaba abierto durante las obras "a pesar de la evidencia del desprendimiento del 29 de noviembre de 2012".

El tribunal también sostiene que "era previsible que los desprendimientos desde las partes altas en su caída pudieran derivar en trayectorias que rebasasen la zona de influencia del cunetón".

También indica que "no se tuvieron en cuenta antes de dar inicio a la ejecución de la obra" las condiciones meteorológicas adversas en los días previos al accidente, "a pesar de su elevada influencia en el talud".

La Audiencia asegura que el Ayuntamiento de Donostia promovió la obra para evitar nuevos desprendimientos, después del ocurrido en noviembre de 2012, por lo que era "perfecto conocedor de la situación en la que se encontraba la ladera, la inestabilidad que presentaba, el estado en le que se encontraban los elementos que configuraban la seguridad de la misma y el agravamiento de dicha situación por efecto de las lluvias".

Sin embargo, el consistorio "no consideró conveniente tomar medidas de seguridad especiales frente a terceros, entre ellas se acordó no cerrar al público el Paseo Nuevo, ni utilizar elemento alguno que preservarse la seguridad de los viandantes ante posibles desprendimientos".

"No lo hizo antes de dar inicio a la ejecución de la obra y tampoco durante la realización de la misma", aunque, insiste el auto, "en los días previos al accidente se produjeron importantes precipitaciones".

La Audiencia establece también que declare como imputado un responsable de la empresa Tesinsa que estaba esos días al frente de la obra, ya que el plan de seguridad y salud de los trabajos preveía la paralización de las actuaciones "cuando las condiciones meteorológicas fueran desfavorables y susceptibles de perjudicar la seguridad de los trabajadores".