El Senado ratificará hoy la reforma del artículo 49 de la Constitución Española (CE). La actualización será una cirugía menor limitada a sustituir el término “disminuido” por el de “persona con discapacidad”, será la tercera intervención sobre el texto de 1978 tras la mínima acometida en 1992, al objeto de permitir el sufragio pasivo de las personas naturales de la Unión Europea (UE) residentes en el Estado, y la inclusión en 2011 del principio de estabilidad presupuestaria, también a demanda de la UE. La dificultad real para actualizar el texto constitucional no nace de debates procedimentales –aunque se han venido aplicando mecanismos de urgencia que mermaron la capacidad de debatir el contenido de sus reformas–. Hay una voluntad política de mantener cerrado el candado sobre su articulado, que sólo se ha abierto a conveniencia de PP y PSOE. La experiencia indica que no existe dificultad jurídica para reformar el texto de 1978 sino falta de voluntad política. El efecto de esta circunstancia es que la función jurídica y legal de la Constitución se ve sometida a la conveniencia de criterios de naturaleza ideológica, lo que es una forma clara de desautorizarla. El pánico político de los partidos de ámbito estatal al reconocimiento de la diversidad territorial se ampara en un concepto formal sacralizado de la CE y de la soberanía nacional, aunque ha sido obviado en el pasado a conveniencia. Este extremo quedó claro en la reforma de 2011, cuando se renunció al control de las instituciones del Estado sobre sus políticas económicas en virtud del compromiso con la UE. Justificado o no, el proceso fue una cesión nítida de soberanía por razón política, no jurídica: dar credibilidad al compromiso con las reglas de estabilidad europeas. La reforma del artículo 49 será un paso justo y necesario pero a la Constitución le queda por delante una larga caminata. Vuelven a decaer por conveniencia de PP y PSOE las reiteradas propuestas de reforma del PNV: no se reconocerá la naturaleza plurinacional del Estado y el derecho a decidir, persistirá el artículo 155 y también la atribución a las Fuerzas Armadas del papel, de inspiración predemocrática, de garante de la integridad territorial y el ordenamiento constitucional. Después de 45 años, es precisa una actualización más acorde a la realidad interdependiente del siglo XXI.