Plataformas digitales como Airbnb, Wallapop o Vinted tendrán dos meses para entregar a Hacienda los datos de sus usuarios vendedores que ganaron más de 2.000 euros o realizaron más de treinta operaciones en 2023.

El BOE publica este lunes la orden ministerial con el modelo de declaración informativa de operadores de plataformas, con el que se cierra el desarrollo de la directiva europea conocida como DAC7, que pretende reforzar la colaboración entre los países europeos en materia de fiscalidad de la economía digital.

El desarrollo de esta directiva se materializó en un real decreto aprobado a finales de enero y ahora se concreta en una orden que abre el plazo de dos meses para entregar los datos de 2023 y que se cerrará a principios de abril.

La normativa establece que las plataformas registradas en el Estado español tendrán que facilitar a la administración tributaria información relativa a sus usuarios vendedores -ya que estos las utilizan para llevar a cabo una actividad-, unos datos que serán sometidos a un procedimiento de diligencia debida para verificar su veracidad.

De esta obligación quedan excluidos los datos de algunos usuarios, como las entidades estatales, las empresas cotizadas y los vendedores ocasiones, aquellos que realizan menos de 30 operaciones al año o cuyo importe no supere los 2.000 euros.

Las actividades sobre las que tendrán que informar las plataformas son el arrendamiento de inmuebles, la venta de bienes, los servicios personales y el arrendamiento de medios de transporte, y la información incluye desde la identificación del vendedor a la contraprestación recibida, las tarifas del operador o las cuentas bancarias utilizadas.

Una vez que la administración tributaria cuente con esta información, la compartirá con los países de la Unión Europea donde residan los vendedores o donde estén localizados los inmuebles en alquiler y también podría enviarla con jurisdicciones no comunitarias que formen parte del acuerdo multilateral de la OCDE.

De acuerdo a la normativa, las plataformas tendrán que remitir a Hacienda los datos de cada ejercicio en el mes de enero del año siguiente, pero se establece un plazo excepcional para el ejercicio 2023 de dos meses a partir de la publicación de la orden.