El Ingreso Mínimo Vital (IMV) será una realidad a partir del próximo mes de junio. El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones estima que entonces ya se podrá solicitar si no se producen cambios de última hora o discrepancias. El borrador del proyecto de real decreto ley de esta prestación está previsto que se apruebe en el Consejo de Ministros del martes 19 de mayo. Se calcula que el IMV beneficiará a más de un millón de familias en situación de vulnerabilidad por la pandemia de coronavirus.

Este borrador, que puede estar sujetos a cambios hasta su aprobación, será trasladado a la Comisión Delegada de Asuntos Económicos a finales de esta semana pero ya se conocen algunos detalles del mismo, entre ellos la cuantía. Así, la renta base será de 462 euros y aumentará hasta un máximo de algo más de 1.000 euros por familia en función de las particularidades de cada una.

En caso de familias monoparentales, los parámetros para medir la cuantía son los siguientes: un adulto sin cargas familiares recibiría 462 euros al mes; un adulto con un menor a cargo, 700 euros; un adulto con dos menores a cargo, 838 euros, y un adulto con tres o más menores, 977 euros.

En el caso de unidades familiares compuestas por dos adultos sin cargas, la prestación pasaría a ser de 600 euros; dos adultos con un niño, 738 euros; dos adultos con dos niños, 877 euros, y dos adultos con más de dos niños, 1.015 euros.

Si conviven en un mismo hogar tres adultos sin niños, la ayuda sería de 738 euros; tres adultos con un menor a cargo y otros tipos de modelos de familia cobrarían un máximo de 877 euros.

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Duración y requisitos

Respecto a la duración del IMV, el borrador indica que "se prolongará mientras persista la situación de vulnerabilidad económica y se cumplan los requisitos que originaron el derecho a su percepción".

Entre los requisitos de acceso, el principal será que los ingresos mensuales de la unidad familiar, teniendo como referencia la renta anual del año anterior, no superen la prestación que correspondería recibir.

Además, se deberá ser mayor de 23 años, salvo que se tenga al menos un hijo a cargo, y menor de 65 años.

En principio también quedarían excluidos del IMV los titulares de un patrimonio de 100.000 euros o más, incluida la vivienda habitual.

¿Dónde se puede solicitar? Todavía no se han aclarado los cauces para tramitar el ingreso mínimo, que será compatible con otras prestaciones que los beneficiarios reciban de su comunidad.