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Partidos e Iglesia, sin impuesto en hipotecas

Los bancos no tendrán que pagar el tributo obligado a los préstamos que concedan al Estado, partidos políticos ni ONG

Partidos e Iglesia, sin impuesto en hipotecas

donostia -Los bancos asumirán a partir de hoy el pago del impuesto de actos jurídicos documentados que grava las hipotecas y que hasta ahora corría a cargo de los clientes, salvo en los préstamos concedidos a la Iglesia, los partidos políticos con representación parlamentaria o el Estado, entre otros. El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó ayer el real decreto ley aprobado el jueves por el Consejo de Ministros con el objetivo de aclarar quién debe asumir el pago de este gravamen.

La medida, adoptada con carácter de urgencia, llega después de que el Pleno de la sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo decidiera que la tasa debía asumirla el cliente y no las entidades financieras, en contra de lo determinado en tres sentencias de mediados de octubre. La normativa modifica el artículo 29 del texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados para establecer que en el caso de escrituras de préstamos con garantía hipotecaria el sujeto pasivo de este impuesto será el prestamista, es decir, que es el banco el que deberá pagarlo.

Además, el decreto del Gobierno también modifica el artículo 45 para impedir que los bancos paguen este impuesto cuando conceden hipotecas a entidades a las que la ley ya eximía del pago del mismo. En su artículo 45, la ley establece que están exentos del pago de este impuesto el Estado y las Administraciones públicas territoriales e institucionales y sus establecimientos de beneficencia, cultura, Seguridad Social, docentes o de fines científicos.

La exención es aplicable también a los partidos políticos con representación parlamentaria, Cruz Roja Española, la ONCE, la Obra Pía de los Santos Lugares y la Iglesia Católica y las iglesias, confesiones y comunidades religiosas que tengan suscritos acuerdos de cooperación con el Estado. Tampoco lo deben afrontar las entidades sin fines lucrativos acogidas al régimen fiscal especial, como, por ejemplo, fundaciones, asociaciones declaradas de utilidad pública, ONG de desarrollo o las federaciones deportivas. Igualmente, figuran como exentas las cajas de ahorro y las fundaciones bancarias, por las adquisiciones destinadas a su obra social.

El Govern anunció que presentará una denuncia ante la Fiscalía General del Estado para que investigue si el presidente del Tribunal Supremo, Carlos Lesmes, y el presidente de la Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo, Luis Díez-Picazo, cometieron delito en la polémica sentencia de las hipotecas. Desde el Parlament, la consellera de la Presidencia y portavoz del Govern, Elsa Artadi, explicó que la denuncia se presentará presumiblemente el próximo martes, día 13, tras la reunión del Ejecutivo.

A su juicio, ha habido una “vulneración de los derechos de toda la ciudadanía”, con unos “procedimientos” judiciales que Artadi considera dudosos y unos “posibles intereses particulares” que han podido influir en la decisión. Artadi señaló que “los dos principales responsables” de esta rectificación del Supremo en relación con las hipotecas son Lesmes y Díez-Picazo, si bien dejó en manos de la Fiscalía la concreción de los delitos que pueden haber cometido. - N.G.