hubo un tiempo en que la nobleza estaba libre de impuestos, era una obligación que recaía sobre comerciantes, artesanos y campesinos. Hoy, nuestro sistema tributario pretende ser general, persigue fines diversos y se muestra complejo y mudable. Además de recaudar, se espera que el sector público estabilice la economía corrigiendo los efectos -¿defectos?- del mercado y sus ciclos.
La expectativa es mucho mayor en épocas de recesión. Para ello, al haber cedido la política monetaria a las instituciones comunes, los Estados de la Unión Europea tan sólo disponen de la política fiscal. Una de estas medidas, conocida y discutida, es la inminente subida de tipos del Impuesto sobre el Valor Añadido.
Cuando llegó el IVA, con una muy acreditada experiencia europea, gravaba con un tipo incrementado del 28% los bienes de carácter suntuario y sustituía al antiguo Impuesto sobre el Lujo, que tras la pantalla de gravar lo innecesario incluía numerosos productos de uso doméstico. Aquel tipo alto también desapareció (se dijo que violaba el objetivo de eficiencia y equidad) y para compensar la merma de recaudación se aumentó el tipo general en un punto (del quince al dieciséis) y, además, se estableció el Impuesto Especial sobre determinados medios de transporte (el de "matriculación", para entendernos) que sigue vigente. No hace falta decir que la merma se compensó con creces. Corría el año 1995 y tras quince años de quietud, demasiados a la vista de los superiores tipos vigentes en el entorno, llegará en verano la nueva subida. No es noticia y el contribuyente, avisado, ya se tienta la cartera.
Se acepta que los impuestos directos tienen un carácter más progresivo porque gravan una manifestación directa de la capacidad de pago del ciudadano. En tanto que los indirectos gravan por igual los bienes y servicios sin atender al nivel de renta del consumidor. Un impuesto es regresivo cuando es mayor la porción que se quita a las rentas bajas en relación a las altas. No es fácil encontrar en el derecho comparado impuestos regresivos en este sentido técnico. Lo normal es que los impuestos sean progresivos, como el IRPF -a mayor renta corresponde un tipo más alto- o proporcionales, como el Impuesto sobre el Valor Añadido -que quita a todos la misma porción-. Pero, desde el punto de vista subjetivo, un impuesto proporcional se vuelve regresivo cuando unos ciudadanos -los más pobres- se ven obligados a destinar su renta en mayor proporción que otros a los bienes gravados por el impuesto. ¿Puede un impuesto indirecto como el IVA paliar este efecto de algún modo?
El IVA, a punto de cumplir sus primeros 25 años con nosotros, tiene su corazoncito y discrimina con diferentes tipos los bienes y servicios que grava además, y muy importante, de declarar exentos servicios esenciales como la salud o la educación. Aplica el 4% -que ahora no se va a tocar- a los bienes de "primera necesidad" como el pan, la fruta, la verdura, los huevos, las medicinas o los libros y periódicos; el 7% -que pronto será el 8%- al resto de alimentos, la vivienda, el transporte? y el 16% -que pasará al 18%- a todo lo demás (ropa, electrodomésticos, automóviles, electricidad, muebles, otros servicios). Las exenciones primordiales y la aplicación de tipos reducidos es su manera de ser progre y congraciarse con los menos afortunados. La medida se ha justificado diciendo que se pretende trasladar parte de la carga que recae sobre el empleo hacia el consumo.
"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario", sentenció Jovellanos. Para las clases medias y bajas, ¿es superfluo un 18% de su renta?
El que fuera administrador de las finanzas napoleónicas, Gaudin, ya sabía que "el mejor impuesto es aquel cuyas formas disimulan mejor su naturaleza y evita la prevención del contribuyente al identificarse plenamente con sus gastos de consumo necesarios pagándose sin sentir". El gobernante cae con facilidad en la tentación de acudir a la imposición indirecta. Lo estamos viendo.