LAUSANA. Según la resolución del TAS, Alberto Contador queda suspendido durante dos años con efecto retroactivo del 25 de enero del 2011, a lo que hay que restar el periodo de suspensión provisional que ya ha cumplido entre 2010 y 2011.

Esto quiere decir que la suspensión vencerá el próximo 5 de agosto y que el corredor madrileño podría volver a competir al día siguiente.

Contador tiene la posibilidad de recurrir ante los tribunales ordinarios suizos, pero el TAS representa la última instancia deportiva.

La consecuencia de la resolución es que el ciclista será desprovisto de su título de ganador del Tour de Francia 2010, así como del resto de galardones que haya conseguido en las competiciones posteriores al 25 de enero del 2011.

El TAS tiene previsto pronunciarse en una fecha aún por determinar, en un procedimiento paralelo, sobre la demanda interpuesta por la Unión Ciclista Internacional (UCI) de imponer una multa a Alberto Contador de al menos 2.485.000 euros.

El Tribunal ha dado validez a la tesis de la UCI y la Agencia Mundial Antidopaje (AMA) de que lo más razonable es que el positivo del ciclista fuera causado por una transfusión sanguínea o por el consumo de un suplemento nutritivo contaminado.

La defensa de Contador argumentó que la presencia de clembuterol en la sangre del ciclista se debió al consumo de una carne contaminada que había sido adquirida en Irun por el cocinero de Astaná, el equipo con el que competía entonces.

Sin embargo, el TAS concluyó que contrariamente a otros países, el Estado español no es conocido por tener un problema de contaminación por clenbuterol de la carne de vacuno.

Por otra parte, y según el TAS, no existe ningún otro caso de deportista que haya ido a un control antidopaje con resultado positivo por clenbuterol que fuera causado por el consumo de carne de vacuno vasca.

PLAZO PARA RECURRIR

Alberto Contador, sancionado hoy a dos años de suspensión por su positivo por clembuterol, dispone de un plazo de 30 días para recurrir ante la justicia ordinaria suiza, informó Matthieu Reeb, el secretario general del Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS).

"Es posible recurrir al Tribunal Federal Suizo, pero el recurso no tendrá efectos suspensivos sobre la sanción, a no ser que así lo especifique el Tribunal", explicó Reeb ante la prensa, tras anunciar que el TAS rechazó la tesis de Contador y su defensa de que su positivo por clembuterol se debió al consumo de carne contaminada.

Esta sería la única vía abierta para que el corredor tenga opciones de acudir a las grandes citas deportivas de este año, es decir, el Tour de Francia y los Juegos Olímpicos de Londres, ya que la sanción de dos años vencerá el 6 de agosto de este año.

Según la resolución del TAS, Contador estará suspendido dos años (la sanción que aplica la Unión Ciclista Internacional a una primera infracción por dopaje), pero con efecto retroactivo del 25 de enero del 2011, la fecha en la que la Federación Española de Ciclismo (RFEC) propuso una sanción de un año que el ciclista rechazó.

A esto hay que añadir el periodo de suspensión provisional que afrontó entre 2010 y 2011 (un total de 5 meses y 19 días), por lo que la sanción vencerá de manera efectiva el próximo 5 de agosto.

La sanción representa que Contador se pierde las grandes citas de 2012, salvo que un recurso ante la Justicia ordinaria suiza derivara en un suspensión cautelar de la medida. El corredor pierde también sus títulos de ganador del Tour 2010 y del Giro 2011.

Reeb añadió que, en lo que se refiere a este tribunal de justicia deportiva, el "caso Contador" no se cierra definitivamente, ya que todavía debe pronunciarse, en fecha por determinar, sobre la demanda interpuesta por la Unión Ciclista Internacional (UCI) de imponer una multa a Alberto Contador de al menos 2.485.000 euros.

El representante del TAS dijo desconocer dónde recibió Contador la noticia, pero señaló que el fallo fue notificado a sus abogados una hora antes de que divulgara a través de los medios de prensa.