Me dirijo a ustedes en calidad de presidenta de Long CoVID Euskal Herria Elkartea (LCEUS) con el fin de realizar una aclaración institucional formal, necesaria para evitar confusiones en relación con la representación de las personas afectadas por Long CoVID en Euskadi-Euskal Herria. Conviene dejar constancia expresa de que Long CoVID Euskal Herria Elkartea (LCEUS) es la única asociación legalmente constituida y registrada oficialmente, con personalidad jurídica propia, estatutos inscritos, junta directiva en activo y una trayectoria continuada de trabajo desde su constitución. En la actualidad, la asociación agrupa a más de 200 personas afectadas por Long CoVID.

De manera independiente, existe un colectivo reducido de personas que no está constituido como asociación, no figura inscrito como tal en ningún registro oficial y no forma parte ni representa a Long CoVID Euskal Herria Elkartea, sin que exista entre ambas ninguna relación orgánica, funcional ni representativa. A este respecto, consideramos necesario aclarar que:

Long CoVID Euskal Herria Elkartea (LCEUS) es la única entidad asociativa que representa formalmente a sus personas socias bajo esa denominación además de ser la única asociación de pleno derecho en la CAV.

Las declaraciones públicas, entrevistas, comunicados o acciones realizadas por otros colectivos o personas no pueden atribuirse a nuestra asociación ni a su trabajo.

Las personas que integran Long CoVID Euskal Herria Elkartea se identifican colectivamente como la Marea Verde de Long CoVID, con símbolos, camisetas y elementos identificativos propios, fundamentalmente en color verde, claramente diferenciados de los utilizados por cualquier otro colectivo.

Las actuaciones, posicionamientos o iniciativas promovidas por terceros/as no representan ni comprometen a Long CoVID Euskal Herria Elkartea, ni deben vincularse a su nombre, imagen o trayectoria.

Esta aclaración no pretende cuestionar la legitimidad de otras personas afectadas para expresarse o ser escuchadas a título individual o colectivo, sino garantizar la transparencia, la correcta identificación de los interlocutores y la protección del trabajo asociativo realizado, especialmente en el ámbito de la comunicación pública y de la interlocución institucional.

Las instituciones y los medios de comunicación, naturalmente, pueden invitar, escuchar o entrevistar a quien consideren oportuno. No obstante, resulta esencial que quede claramente establecido qué entidad es una asociación formalmente constituida y cuál no lo es, a fin de evitar equívocos que puedan afectar tanto a la ciudadanía como a las propias personas afectadas.