os metros de anchura mínima para permitir el paso, libre de obstáculos, en itinerarios peatonales, cumpliendo en todo momento las condiciones técnicas sobre accesibilidad en el entorno urbano. El mobiliario deberá ser discreto para las mesas y sillas, priorizando el aluminio y la madera con colores neutros. No podrán colocarse hasta pasadas las 8.00 horas y deberán retirarse de domingo a jueves a las 23.00 horas, y los viernes, sábados y vísperas de festivos a las 0.00 horas (del 1 de junio al 30 de septiembre a las 0.00 y 1.00 horas, respectivamente). Estos son algunos de los requisitos que establece la primera ordenanza municipal reguladora de la instalación de terrazas, veladores y otros elementos asociados a la hostelería en la vía pública, que ha elaborado el Ayuntamiento de Aretxabaleta. El documento, fruto del trabajo realizado en los últimos meses, se aprobó con carácter provisional en el último Pleno y, salvo imprevistos, entrará en vigor a mediados de marzo.

Hasta ahora no existía ninguna normativa que determinará la colocación de terrazas y desde el Consistorio se aplicaba el criterio que se consideraba oportuno en cada momento. “Hacía falta una ordenanza que marcase unas pautas”, manifiesta el alcalde, Unai Elkoro.

El pasado octubre se abrió un plazo para recoger aportaciones a la nueva norma, que ha visto acelerada su definición en el contexto actual, en el que las restricciones por la crisis sanitaria y las limitaciones de aforo en el interior de los locales han hecho que el escenario de relación social se traslade a las terrazas. Una decena de propuestas y peticiones, formuladas por propietarios de locales hosteleros y la ciudadanía en general, se presentaron en este proceso que ha servido para nutrir la ordenanza respaldada por el equipo de Gobierno y EH Bildu. Tras su aprobación en el Boletín Oficial de Gipuzkoa se abrirá un periodo de exposición pública de 30 días para que puedan presentarse alegaciones, y una vez superados todos los trámites correspondientes, la normativa empezará aplicarse antes de que finalice el primer trimestre de este año.

Cómo tienen que instalarse las terrazas, las características que deben cumplir en zonas peatonales, plazas y calles con tráfico rodado, los elementos que las complementan (toldos, protecciones laterales o estructuras estables abiertas), las condiciones de las estufas… son algunas cuestiones que aparecen reguladas en el documento. También se dedica un apartado a las infracciones por incumplimiento de la ordenanza, con multas entre 150 y 750 euros (leves), 751 y 1.500 euros (graves) y desde 1.501 hasta 3.000 euros (muy graves).