Lasarte-oria - El Ayuntamiento de Lasarte-Oria en el Pleno celebrado esta misma semana aprobó por unanimidad y de manera inicial el Reglamento Regulador de la Celebración de Ceremonias Civiles. Hasta el momento, el Ayuntamiento de Lasarte-Oria solo ha oficiado ceremonias de matrimonios. Este documento, además de las bodas civiles, determina cómo deben desarrollarse las diversas ceremonias civiles, como dar la bienvenida a los recién nacidos o hacer una despedida a los fallecidos.

"El Ayuntamiento de Lasarte-Oria, desde el más absoluto respeto a la libertad religiosa y al resto de derechos y libertades recogidos en la Constitución Española, tiene la intención de ofrecer esta colaboración a la ciudadanía que lo desee en función de sus propias creencias y convicciones, aprobando la correspondiente ordenanza reguladora", se recoge en el documento.

En definitiva, con este reglamento se pretende dar respuesta a un colectivo ciudadano que pide un medio eficaz para escoger, desde la tolerancia y el respeto a los derechos de los otros, un rito o ceremonia civil.

Según se especifica en la ordenanza, las solicitudes, según correspondan, se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento, presencialmente o por medios electrónicos, de conformidad con lo que disponga la normativa aplicable, y serán dirigidas a Alcaldía.

Además, las solicitudes han de presentarse con una antelación mínima de dos meses a la fecha de la celebración propuesta, excepto, como es obvio, en el caso de un funeral civil. Si se optara por una celebración rápida e íntima, la antelación mínima será de dos días.

Para poder celebrar las distintas ceremonias civiles no será imprescindible estar empadronado en Lasarte-Oria.

El uso de las instalaciones y edificios municipales tiene carácter de uso privativo especial. Los locales disponibles por el Ayuntamiento para celebrar las ceremonias son la sala de vistas (que usa el Juzgado de Paz, pero que se encuentra a la entrada de la casa consistorial) y Villa Mirentxu. Además, en el caso de las bodas civiles también se podrá usar el salón de plenos del ayuntamiento y los funerales civiles también se podrán llevar a cabo en el cementerio. No obstante, se podrá habilitar cualquier otro espacio municipal que se determine.

El horario de la sala de vistas es de lunes a viernes de 10.00 a 14.00 horas, el de Villa Mirentxu y el del Salón de Plenos de lunes a sábado de 10.00 a 14.00 horas y el del cementerio de lunes a viernes de 9.00 a 12.00 y de 17.00 a 19.30 horas y los sábado de 9.00 a 12.00 horas.

No estarán permitidos los funerales civiles de cuerpo presente. Sin embargo, sí se permitirá la presencia de urnas con cenizas.

La celebración del matrimonio civil será presidida por el alcalde o por el concejal en quien delegue; en el caso del funeral civil y del acogimiento civil, además del alcalde y o del concejal, podrá dirigir el acto cualquier otra persona que propongan los familiares.

Por otro lado, si se deseara ornamentar el local asignado o acondicionarlo de forma especial, deberán hacerlo con el consentimiento del Ayuntamiento de Lasarte-Oria, respetando siempre la armonía y características del lugar y siendo a cargo de la persona solicitante los gastos que con este motivo se produzcan.

Este reglamento estará en exposición pública y será necesario que se apruebe de manera definitiva antes de que entre en vigor.