Muchos pensionistas están siempre pendientes del IPC de noviembre para saber cuánto les corresponderá de subida en sus prestaciones del año que viene. Tras la publicación por parte del Instituto Nacional de Estadística (INE) el dato adelantado del IPC de noviembre (6,8%), ya es es posible anticipar cuánto se revalorizarán las pensiones en 2023 tras realizar la media de la inflación de los doce meses anteriores, en este caso diciembre 2021-noviembre de 2022.

En este caso, y con el objetivo de que los pensionistas no perdieran poder adquisitivo en 2023 el Gobierno ya incluyó en los Presupuestos Generales del Estado una previsión de subida de alrededor del 8,5% para el año que viene.

Con el dato del IPC de noviembre esta cifra se confirma, pero queda un pequeño fleco. La cifra publicada ayer es el indicador adelantado. La definitiva se conocerá en dos semanas, probablemente el 14 de diciembre, pero los expertos aseguran que no variará de ese 8,5%. Si acaso, tras los ajustes, cambiará una décima arriba o abajo. Como ejemplo y para que pueda hacer sus cálculos, una décima arriba o abajo sobre las cifras de las tablas que se recogen abajo de las supondrá un incremento o disminución, respectivamente, de un medio euro de subida o bajada por cada quinientos euros de prestación, cifra prácticamente inapreciable.

Teniendo en cuenta este 8,5% aplicado a las prestaciones existentes en 2022, y a la espera del dato oficial definitivo del INE, así quedarían las pensiones mínimas anuales para el año que viene, repartidas en 12 mensualidades y 2 extras.

Pensión de jubilación

Jubilación con 65 años:

  • Con cónyuge a cargo: 13.526 euros.
  • Sin cónyuge: 10.962 euros.
  • Con cónyuge no a cargo: 10.405 euros.

Jubilación con menos de 65 años:

  • Con cónyuge a cargo: 12.682 euros.
  • Sin cónyuge: 10.256 euros.
  • Con cónyuge no a cargo: 9.694 euros.

Pensión por incapacidad permanente

Incapacidad permanente de Gran Invalidez: 

  • Con cónyuge a cargo: 20.290 euros.
  • Sin cónyuge: 16.444 euros.
  • Con cónyuge no a cargo: 15.607 euros.

Incapacidad permanente de Absoluta o total con 65 años cumplidos: 

  • Con cónyuge a cargo: 13.526 euros.
  • Sin cónyuge: 10.962 euros.
  • Con cónyuge no a cargo: 10.405 euros.

Incapacidad permanente de total entre 60 y 64 años: 

  • Con cónyuge a cargo: 12.682 euros.
  • Sin cónyuge: 10.256 euros.
  • Con cónyuge no a cargo: 9.694 euros.

Incapacidad permanente total por enfermedad común con menos de 60 años: 

  • Con cónyuge a cargo: 8.081 euros.
  • Sin cónyuge: 8.081 euros.
  • Con cónyuge no a cargo: 8.081 euros.

Incapacidad permanente parcial por un accidente de trabajo con 65 años: 

  • Con cónyuge a cargo: 13.526 euros.
  • Sin cónyuge: 10.962 euros.
  • Con cónyuge no a cargo: 10.405 euros.

Pensión de viudedad

  • Con cargas familiares: 12.682 euros.
  • Con 65 años o una discapacidad del 65 % o más: 10.962 euros.
  • Entre 60 y 64 años: 10.256 euros.
  • Menos de 60 años: 8.305 euros.

Pensión de orfandad

  • Un beneficiario: 3.352 euros.
  • Menor de edad o con discapacidad del 65 % como mínimo: 6.592 euros.

Pensión en favor de familiares

Por beneficiario: 3.352 euros.

Si no hay viuda ni huérfano: 

  • Un beneficiario de 65 años: 8.097 euros.
  • Un beneficiario de menos de 65 años: 7.631 euros.

Pensión máxima

En el caso de las pensiones máximas de la Seguridad Social ascenderían a 42.829 euros anuales, también repartidas en 14 pagas (12 mensualidades y otras 2 extras), en cualquiera de las situaciones.