- El Gobierno y los agentes sociales alcanzaron ayer un acuerdo para prorrogar los expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE) hasta el 30 de septiembre, con exoneraciones a la Seguridad Social que irán desde el 60% al 100%, concentrándose las más altas en la reincorporación de trabajadores a la actividad. De esta forma, los “escollos” que había con CEOE, referentes a las exenciones, se salvaron, aproximándose estas más a lo que reclamaban las organizaciones empresariales. De hecho, el Comité Ejecutivo de la CEOE, reunido con carácter extraordinario, dio ayer por la tarde el visto bueno al acuerdo por unanimidad. Por su parte, tanto CCOO como UGT no tendrán que refrendar el acuerdo en sus órganos porque ya abordaron en ellos las líneas maestras del mismo.

La nueva prórroga de los ERTE, que será aprobada hoy a las 16.30 horas en un Consejo de Ministros extraordinario, mantiene básicamente el mismo esquema de protección a empresas y trabajadores vigente hasta el 31 de mayo, aunque con cambios en los porcentajes de exención.

Así, según informó el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, se mantendrán las tres modalidades de ERTE actuales: los destinados a los sectores ultraprotegidos y a las empresas vinculadas a su cadena de valor; los ERTE de impedimento de la actividad, y los ERTE de limitación, los dos últimos pensados para restricciones administrativas temporales adoptadas como medida de freno a los contagios de covid (reducción de aforos o prohibición de apertura, por ejemplo).

En los ERTE de sectores ultraprotegidos y su cadena de valor de empresas con menos de 50 trabajadores las exenciones a la Seguridad Social serán del 95% si los trabajadores se quedan en el ERTE durante todo el periodo de vigencia del acuerdo (junio, julio, agosto y septiembre). En el caso de las empresas con más de 50 trabajadores, el porcentaje de exención será del 85%.

Para los trabajadores que se queden en el ERTE, es decir, cuya relación laboral permanezca suspendida, las exenciones, en el caso de empresas de sectores ultraprotegidos de menos de 50 trabajadores, serán del 85% en junio, julio y agosto y del 70% en septiembre. Si tienen más de 50 trabajadores en plantilla, serán del 75% en junio, julio y agosto y del 60% en septiembre.

En la lista de actividades ultraprotegidas se incluyen tres nuevos sectores (confección de otras prendas de vestir y accesorios; comercio al por mayor de café, té, cacao y especias, y actividades de fotografía), y salen cinco: artes gráficas y servicios relacionados con las mismas; fabricación de instrumentos de óptica y equipo fotográfico; comercio al por menor de ordenadores, equipos periféricos y programas informáticos en establecimientos especializados; transporte espacial, y alquiler de medios de navegación.

El Ministerio explicó que se han incluido en este listado aquellas empresas cuya CNAE entre finales de abril de 2020 y finales de mayo han recuperado la actividad en un porcentaje inferior al 75% y tienen un porcentaje de afiliados cubiertos por los ERTE igual o superior al 15%.

En el caso de los ERTE de limitación de actividad, las exoneraciones empresariales a la Seguridad Social serán del 85% en junio y julio y del 75% en agosto y septiembre si la empresa tiene menos de 50 trabajadores. Si tiene más, serán del 75% en junio y julio y del 65% en agosto y septiembre. A falta de un valoración más reposada, Gobierno central y agentes sociales celebraron la prórroga in extremis de los ERTE.