- Todas las empresas deberán tener elaborado un registro de los sueldos de sus trabajadores a partir del próximo miércoles, 14 de abril, día en el que entra en vigor esta medida dirigida a cerrar la brecha salarial entre hombres y mujeres, que ronda el 22%.

La medida afecta a casi 1,5 millones de empresas, que son las que tienen asalariados, de acuerdo con el Directorio Central de Empresas (DIRCE) a 1 de enero de 2020 del Instituto Nacional de Estadística (INE), aunque alrededor de 900.000 tienen solo 1 o 2 empleados.

Dadas las dificultades que han tenido algunas empresas en la elaboración de estos registros, sobre todo las más pequeñas, el Gobierno ha creado una herramienta que se presentará esta semana y será voluntaria y gratuita, según han confirmado fuentes del Ministerio de Trabajo.

Esta herramienta, consensuada entre los Ministerios de Trabajo e Igualdad y los agentes sociales, permitirá hacer “sencilla, inteligible e intuitiva” la elaboración de esos registros salariales, con criterios más concretos sobre cómo se totaliza, explicó la directora de Empleo de la CEOE, Rosa Santos.

El registro debe arrojar los valores medios de los salarios, complementos salariales y percepciones extrasalariales de la plantilla, desagregados por sexo y distribuidos por grupos profesionales, categorías profesionales o puestos de trabajo según la jornada u hora trabajada.

Cada empresa deberá hacer constar en su registro, también por sexo, la media aritmética y mediana de lo realmente percibido por cada uno de estos conceptos en cada grupo profesional, categoría, nivel, puesto o cualquier otro sistema de clasificación aplicable.

Cuando en una empresa con al menos 50 trabajadores, el promedio de las retribuciones a los trabajadores de un sexo sea superior a los del otro en un 25% o más, el empresario deberá justificar que el motivo responde a causas objetivas y no supone una discriminación de género.