- El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) determinó este lunes que un país europeo no puede expulsar a un menor no acompañado si no consigue antes asegurar que va a contar con una acogida adecuada en el país al que le devuelve, y debe pausar la expulsión si ya la ha tramitado.

El caso que llegó a la corte comunitaria concernía a un menor no acompañado nacido en Guinea que en junio de 2017, cuando tenía 15 años y 4 meses, solicitó en los Países Bajos un permiso de residencia en virtud del derecho de asilo tras haber dejado Sierra Leona, donde vivía, cuando el familiar con el que residía falleció.

Las autoridades neerlandesas determinaron que no podía obtener un permiso de residencia por tiempo determinado y que no tenía derecho a que se le concediera el estatuto de refugiado ni la protección subsidiaria, unas decisiones que equivalen de facto a su devolución a Sierra Leona y que recurrió el menor.

En la normativa neerlandesa, los menores de 15 años no son devueltos a sus países de origen si se determina que no tendrán una acogida adecuada, y en lugar se les da un permiso de residencia ordinario. Por contra, si tienen 15 años o más, las autoridades esperan a que los jóvenes alcancen los 18 años para ejecutar la decisión de retorno.

Un tribunal neerlandés preguntó entonces a la Justicia europea por esta distinción entre los menores y mayores de 15 años. En su sentencia, el TJUE recordó que en las decisiones respecto al retorno de un menor no acompañado debe primar siempre el interés del niño, “lo que implica hacer una apreciación general y exhaustiva de la situación de este menor”.

En este sentido, el tribunal dictó: “Un Estado miembro no podrá adoptar una decisión de retorno sin haberse asegurado previamente de la existencia de una acogida adecuada en el Estado al que va a retornar. Si no se encuentra disponible una acogida adecuada, el menor no puede ser objeto de una decisión de retorno”, concluyó el TJUE.