- La Audiencia de Gipuzkoa ha condenado al Banco Santander a indemnizar con 9.000 euros a unos vecinos de Arrasate que figuraban en la Central de información de riesgos del Banco de España (CIRBE) como morosos sin que debieran ninguna cantidad a la entidad.

Según informó el bufete Vallverdú Abogados, a lo largo del proceso quedó “acreditado” que el Banco Santander mantenía a los demandantes “de forma indebida” como morosos en esta lista, a pesar de que en 2010 habían alcanzado un acuerdo con el Banco Pastor (adquirido por el Popular y posteriormente por el Santander) mediante el que su deuda quedó “saldada”.

Este acuerdo, destacó el bufete de abogados, especificaba también que la entidad había renunciado a emprender cualquier tipo de reclamación pero, a pesar de ello, el Banco Santander les reclamó un importe de 221.568,94 euros “en forma de deuda”.

La resolución de la Audiencia de Gipuzkoa viene a recalcar ahora, siempre según el citado bufete, que “en modo alguno está justificado el mantenimiento de los datos de los demandantes en los términos recogidos en el fichero de riesgos, debiendo haber procedido la entidad bancaria a su corrección eliminando la asociación entre mora del crédito y garantía del mismo por parte de los demandantes”.

La sentencia que se dio a conocer ayer entiende de este modo que “ha existido una intromisión ilegítima en el derecho al honor” de los demandantes a los que la entidad bancaria deberá indemnizar con 9.000 euros.

El Banco Santander mantenía “de forma indebida” a estas personas en la lista de morosos

del Banco de España