El Ayuntamiento de Urnieta, que ejerce la acción popular en el caso Asier Niebla, el vecino de esta localidad fallecido en 2018 en Donostia tras ser golpeado por la expareja de una chica con la que conversaba, pedirá al Tribunal Supremo (TS) que aplique la agravante de género a este caso. El consistorio urnietarra solicitará asimismo al TS que aprecie también la concurrencia de una agravante de alevosía en la muerte de Niebla.

La institución municipal anuncia ambas peticiones en un documento, al que ha tenido acceso EFE, en el que avanza al TSJPV su intención de llevar el caso "en tiempo y forma legal" hasta el Tribunal Supremo.

El Ayuntamiento ha adoptado esta decisión después de que el pasado 2 de junio el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) desestimara la existencia de una agravante de género en el caso y rebajara hasta los once años y medio la pena de doce años y once meses que impuso al acusado la Audiencia de Gipuzkoa-.

Entre otros motivos, el TSJPV rechazó la agravante de género porque para su aplicación es preciso haber acreditado que el autor cometió los hechos contra una "víctima mujer" por "el mero hecho de serlo" y "con intención de dejar patente su sentimiento de superioridad frente a la misma", "presupuestos" que, a su entender, no se dan en este caso.

Los hechos ocurrieron el 12 de agosto de 2018, primera jornada de las fiestas de la Semana Grande de Donostia, cuando sobre las 5.00 horas el condenado coincidió en la calle con su exnovia, que conversaba con Asier Niebla en el exterior de un bar, momento en el que "emprendió una veloz carrera y, tomando impulso, propinó un fuerte puñetazo al chico en la cabeza con el puño cerrado". "Al recibir el golpe en el cráneo -explica la sentencia del caso- el agredido sufrió lesiones de tal gravedad que cayó desplomado al suelo, golpeándose" en la cabeza.

La víctima fue intervenida de urgencia en el Hospital Donostia e ingresada en la UCI, a pesar de lo cual tuvo que ser operada nuevamente en otras dos ocasiones, para terminar muriendo casi dos meses después del incidente, el día 11 de octubre. Aunque el TSJPV desestimó la existencia de una agravante de género, asumiendo las tesis de la defensa ejercida por el abogado Juan E. Álvarez Fanjul, no acogió otros motivos de recurso planteados por este letrado, que entendía que los hechos no son constitutivos de un homicidio doloso y que el derecho a la presunción de inocencia de su cliente resultó vulnerado, además de reclamar varios atenuantes, por lo que anunció que recurrirá el fallo en casación ante el Tribunal Supremo.

Para ello, la defensa solicitó posteriormente al TSJPV una aclaración sobre algunos aspectos de su sentencia que le fue denegada por este tribunal.