- Desde hoy se podrán solicitar telemáticamente las subvenciones directas al turismo aprobadas por el Gobierno Vasco para paliar las consecuencias económicas derivadas de la crisis del COVID-19.

Estas ayudas ascienden a un total de 7,5 millones de euros y se suman a otras de la misma cantidad para el comercio. Ambas se aprobaron en el Consejo de Gobierno de la pasada semana y el Boletín Oficial del País Vasco publicó ayer la orden que regula las destinadas al turismo, que entrará en vigor hoy.

Está previsto que este próximo viernes el BOPV publique también las del comercio.

En ambos casos, las entidades beneficiarias son autónomos y “micro” y pequeñas empresas, cuya actividad principal turística o comercial se haya suspendido totalmente en el periodo de alarma sanitaria o que hayan sufrido una reducción en las ventas superior al 75%.

Los conceptos subvencionables hacen referencia a los gastos operativos y corrientes, a excepción de los gastos laborales, como son los salarios y las cotizaciones a la Seguridad Social.

En concreto, las ayudas se destinan a pagar las cuotas de los préstamos hipotecarios destinados a cubrir la compra del establecimiento donde se desarrolla la actividad o los recibos de alquiler del establecimiento correspondientes a 3 meses consecutivos desde el momento de la entrada en vigor del estado de alarma y el 31 de agosto de 2020.

También se subvenciona el gasto de adquisición del aprovisionamiento de producto perecedero o fresco recepcionado entre el 15 de febrero y con anterioridad a la entrada en vigor del estado de alarma sanitaria, o el gasto de adquisición del stock de producto de temporada (comercio).

Asimismo se enmarcan en el programa los gastos corrientes producidos durante el cierre de la actividad por el estado de alarma y las cuotas de amortización de préstamos destinados a la financiación de inversiones desde el 1 de enero de 2019 hasta el estado de alarma correspondientes a 3 meses consecutivos, en el caso de turismo.

Respecto a la cuantía de las ayudas será el 100% del gasto presentado, con una subvención máxima de 3.000 euros por empresa.

Los gastos presentados y admitidos a subvención no deben ser inferiores a 750 euros.

El procedimiento para solicitarlas será por tramitación electrónica, con un plazo de un mes desde que entre en vigor, que será al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, es decir, hoy.

Los beneficiaros son autónomos y empresas micro que hayan suspendido su actividad o la hayan reducido más de un 75%