DONOSTIA - El Juzgado de lo Social número 1 de Donostia considera que la residencia Iurramendi de Tolosa y la Diputación de Gipuzkoa ya cumplen las medidas de protección para garantizar la seguridad de los trabajadores de este centro ante el COVID-19, por lo que ha desestimado la petición de ELA en este sentido.

El pasado 15 de abril este juzgado admitió a trámite una demanda del sindicato por presunta vulneración "del derecho a la salud" de los empleados de esta residencia en la que también solicitó la adopción de medidas cautelarísimas para garantizar la protección de los operarios en el desempeño de su función.

El juzgado admitió a trámite la demanda, concedió "inaudita parte", en un primer momento, estas medidas cautelarísimas", y requirió a la residencia y a la Diputación para que, "en tanto dure la vigencia de la pandemia", las cumplieran "con carácter urgente e inmediato", en la medida en que no se estuvieran cumpliendo.

No obstante, el pasado día 20 tuvo lugar la comparecencia definitiva sobre la necesidad de las medidas cautelares que para el juzgado no resulta ahora "necesario" requerir a la Diputación y a la citada residencia, "toda vez que las mismas concurren" ya, según las pruebas testificales y documentales aportadas.

En un auto, al que ha tenido acceso EFE, el juzgado explica que "no se evidencia la inobservancia de las medidas" solicitadas por el sindicato porque "constan cumplidas" y resultan "efectivas".

El documento judicial concreta que, "tanto de la prueba documental como de la testifical practicadas, se evidencia la realización de los test diagnósticos a todo el personal, así como a los usuarios de los que únicamente restarían 55, cuya prueba está ya programada".

"Por otra parte, desde el día 10 de abril todos los trabajadores poseen EPIs", añade la resolución que también acredita que la residencia "es objeto de desinfección" y que, entre otras cuestiones, también se ha llevado a cabo la formación del personal.

"Por lo tanto, sin prejuzgar el fondo del asunto, no procede la adopción de las medidas cautelares solicitadas, al no concurrir las premisas preceptivas a tal efecto, constando en la actualidad las medidas adoptadas", subraya el auto.

La resolución aclara no obstante que esta decisión no "prejuzga" la cuestión principal de la demanda por presunta vulneración "del derecho a la salud" de los empleados presentada por ELA, cuyo juicio se celebró el mismo día 20 pero que está aún pendiente de sentencia.

Ésta es una de las ocho demandas "de tutela de derecho a la salud, la vida e integridad física de las trabajadoras" presentadas por ELA contra otras tantas residencias de mayores del País Vasco, a las que solicita que, "de manera urgente, cumplan de manera íntegra las guías, normas y protocolos establecidos, incluyendo EPIs completos, así como otras medidas que garanticen la salud de las trabajadoras".

Además de la demanda referida a la residencia Yurramendi, en Gipuzkoa el sindicato ha formalizado también sendas acciones contra el centro San José de Ordizia y la residencia Argixao de Zumarraga.

En el primero de estos casos un juzgado donostiarra accedió a la solicitud de la aplicación de medidas cautelarísimas reclamadas por ELA, que en el segundo caso fueron rechazadas por un juzgado de Eibar.