- La toma de la decisión ha sido tortuosa, con división del tribunal por tres votos contra dos, y después de haber devuelto la pelota al Govern balear con el argumento de que tenía que aprobar en primer lugar las medidas en el Consell. Pero finalmente la sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Baleares tomó ayer una decisión que puede condicionar al resto de los tribunales. Ha sido el primero en pronunciarse sobre la viabilidad de restricciones como el toque de queda cuando decaiga el estado de alarma el domingo. El tribunal avaló la limitación nocturna en contra del criterio de la Fiscalía que, al igual que en la comunidad autónoma vasca, había señalado que no es posible sin la cobertura del estado de alarma. El tribunal autoriza también la limitación del número de personas en las reuniones, aunque la Fiscalía solo lo había avalado en espacios públicos y no en domicilios. La incógnita radica en si la decisión que tome hoy el tribunal superior vasco va a entrar en contradicción o si, por el contrario, habrá una estrategia homogénea. También observan con atención Nafarroa, la Comunidad Valenciana, Castilla-La Mancha y Canarias. Vox recurrirá.

A la espera de que se conozcan los fundamentos jurídicos (ayer solo se conoció el sentido de la decisión), da el visto bueno a prolongar hasta el 23 de mayo el toque de queda de 23.00 a 6.00 horas, los controles de pasajeros estatales en puertos y aeropuertos, limitar el número de personas en reuniones en domicilios particulares, y restringir el aforo en espacios de culto al 50%. En cuanto a las reuniones, autoriza un máximo de seis personas en el interior o en el exterior, tanto en espacios públicos como privados. En espacios cerrados, solo se podrán reunir dos núcleos de convivencia. Esta decisión se ha tomado cuando la incidencia acumulada de las Islas Baleares en los últimos 14 días es muy inferior a la vasca. Tiene 60 casos por 100.000 habitantes, frente a los poco menos de 500 en Euskadi. El Govern se apoyó en informes que vinculan el relajamiento de las medidas con el repunte del virus, y también en la escasa tasa de vacunación y el riesgo en puertas de la temporada turística.

La fiscal general del Estado, Dolores Delgado, por su parte, ha dictado una instrucción para unificar la respuesta procesal del Ministerio Público y agilizarla. En el caso catalán, los fiscales respaldan la limitación de las reuniones a un máximo de seis personas, tanto en el exterior como en el interior, y la reducción de los aforos al 50 % en los actos religiosos y ceremonias civiles. Admite que el riesgo de contagio lo justifica. No obstante, el Govern catalán no ha puesto sobre la mesa las medidas más delicadas, como el toque de queda o el cierre perimetral. La Fiscalía de Baleares se negaba a aplicar el toque de queda porque vulnera la libertad de circulación recogida en la Constitución española, y dudaba de imponerlo sin estado de alarma. Veía pegas a la limitación de las reuniones en espacios privados por la inviolabilidad del domicilio.

El Tribunal Supremo ha recibido un informe de su gabinete técnico que cuestiona la constitucionalidad del cambio legal que les da la última palabra y los convierte en "una suerte de copartícipes ejecutivos", según Efe. Creen que el decreto de Sánchez tiene terminología "confusa, ambigua y equívoca" y plantea problemas por los plazos rápidos que les exige.