- El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) condenó ayer España a pagar un total de 32.240 euros a dos personas que fueron condenadas por criticar a una jueza en una carta publicada en el Diario de Teruel en 2010, en el marco de un proceso judicial que les afectaba, al considerar que fueron víctimas de una “interferencia desproporcionada” en su derecho a la libertad de expresión. Fueron condenados por un delito de insultos graves con publicidad, sentencia que fue confirmada por la Audiencia Provincial. Acudieron entonces al Constitucional que, pese a la intervención del Ministerio Público a favor de los condenados, rechazó su recuso de amparo.

Según el TEDH, España ha vulnerado el artículo 10 de la Convención Europea de Derechos Humanos porque la condena que recibieron -pagar una multa de 2.400 euros cada uno con una pena alternativa de cárcel, daños morales a la jueza por 3.000 euros y publicar el fallo en el mismo medio, con un coste de 2.758,80 euros-, “fue una interferencia desproporcionada en su derecho a la libertad de expresión y, por tanto, no necesaria en una sociedad democrática”.

En consecuencia, los magistrados han condenado -por cinco votos a favor y dos en contra- a España a pagar a cada demandante 16.120 euros, 6.779 por daños pecuniarios, 6.000 por daños no pecuniarios y 3.341 por costas y gastos.