- La Audiencia Nacional condenó ayer a 389 años de prisión al miembro de ETA Iurgi Garitagoitia por colocar en enero de 2009 un artefacto explosivo en un repetidor de telefonía de Hernani y dos bombas trampa en las cercanías para alcanzar a los ertzainas que acudiesen tras la primera explosión.

En la sentencia, dictada por la sección tercera de la Sala de lo Penal, se le considera autor de 25 delitos de asesinato terrorista en grado de tentativa y de los delitos de daños terroristas y tenencia de explosivos y se fija en 20 años el límite máximo de cumplimiento de la pena.

Uno de los artefactos, colocados junto al repetidor explosionó el 16 de enero de 2009 y los otros dos pudieron ser desactivados por los técnicos a primera hora del día. A diferencia del primer artefacto, estas dos últimas bombas tenían una importante carga de metralla; estaban ocultas a ambos lados del camino entre la maleza, dispuestas para explotar si se movía el sedal que las unía (dispositivo que no funcionó).

Eran, según la sentencia, dos bombas trampa “cuya finalidad no podía ser otra que la de alcanzar al mayor número posible de miembros de la Ertzaintza cuando fuesen al lugar con motivo de la primera explosión”. El tribunal recuerda en su sentencia que ETA reconoció expresamente su intención de matar con las bombas trampa en la reivindicación del atentado que hizo unos meses después.

Garitagoitia admitió en el juicio que confeccionó unos artefactos que le encargó la banda, pero aseguró que desconocía que iban a ser usados como bombas trampa. El tribunal rechaza que no supiera la acción que se preparaba y, a su juicio, carece de relevancia el que estuviera o no presente en la colocación de las bombas. “Lo que es relevante es que tuvo el dominio del hecho. Pudo haber evitado que se llevase a término la acción, desistiendo”, señala.