Madrid - Las resoluciones de la Junta Electoral Central (JEC) no son definitivas y se puede presentar contra ellas un recurso ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo, en cuyas manos quedará previsiblemente el futuro de Joaquim Torra y Oriol Junqueras, recuerdan juristas consultados por la agencia Efe.

Lo esperable en el caso de la resolución que ordena inhabilitar al presidente de la Generalitat, señalan responsables de las principales asociaciones judiciales del país, es que se recurra al Alto Tribunal y que se soliciten medidas cautelarísimas para que no se ejecute la decisión de la JEC mientras se resuelve el fondo del asunto.

Para el presidente de la Asociación Profesional de la Magistratura (APM), Manuel Almenar, en el caso de Torra la resolución de la JEC, con seis vocales discrepantes de un total de trece, demuestra que es una cuestión de "interpretación estrictamente jurídica".

La mayoría entendió que la inhabilitación de Torra debe abordarse desde la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (Loreg), con lo que la condena por desobediencia, aunque no sea firme, debe ejecutarse, como se ha hecho en otros casos de alcaldes y concejales inhabilitados en primera instancia.

Quienes discreparon consideran que no sería aplicable la Loreg, sino el Estatut, que establece que para inhabilitar a un presidente la condena debe ser firme. En opinión de este grupo, la JEC no sería competente para tomar una decisión al respecto, sino el Parlament.

Torra, condenado por el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya a año y medio de inhabilitación por desobediencia por desoír la orden de la Junta Electoral Central de retirar los lazos amarillos, anunció su intención de recurrir al Supremo esa primera sentencia.

Almenar, al frente de la principal asociación de la carrera judicial, insiste en que se trata de una cuestión interpretable desde el punto de vista jurídico. Con él coincide el portavoz de la Asociación Judicial Francisco de Vitoria, Jorge Fernández Vaquero: "Es un tema jurídico complejo, como lo demuestra la división en la JEC, y se tendrá que resolver jurídicamente".

Fernández Vaquero hizo hincapié en que la junta electoral no es un órgano judicial, un tribunal de justicia, y que ha sido el legislador quien ha decidido que sea esa institución la que controle el proceso electoral, aunque sus decisiones puedan revisarse después judicialmente.

El portavoz de Juezas y Jueces para la Democracia, Ignacio González Vega, auguró también que la decisión final estará en manos del Supremo ante el previsible recurso. "Y podría llegar hasta el Constitucional", añadió este magistrado, que lamentó que no haya habido una resolución de consenso y se mostró más de acuerdo con la Junta Provincial de Barcelona que con la JEC.

La primera rechazó los recursos del PP, C's y Vox que pedían la inhabilitación inmediata de Torra porque la sentencia no era firme. - Efe